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Consejería de Educación. Junta de Extremadura

Comisión de Coordinación Pedagógica (C.C.P.)

   

La Comisión Pedagógica del Centro está compuesta por:

Directora : Elisa Atanasio Goitia

Jefe de Estudios: José Juan Piñero Rodríguez

Orientadora del Centro: Rocío Carmen Domínguez González

Coordinador de Educación Infantil: Concepción Corcobado Márquez

Coordinadora  del Primer Ciclo: Marina Sánchez Bustamante

Coordinadora del Segundo Ciclo: Patricia Lorenzo Gutiérrez

Coordinadora del Tercer Ciclo: Gema Borro Oliveiros

 

La CCP, sin menoscabo de las competencias del claustro, realizará las siguientes funciones:

  1. Establecer con el representante del EOEP su programa de intervención en el centro, la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.

  2. Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación así como las directrices generales para su elaboración, evaluación y modificación.

  1. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de la propuesta curricular de etapa y su posible modificación y asegurar su coherencia con el proyecto educativo.

  1. Elaborar los criterios de selección, registro y control de los materiales curriculares, entendiendo por tales los libros de texto, los materiales en soporte electrónico o cualquier otro y velará para que se ajusten a lo dispuesto en el Decreto 186/2012, de 7 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 143/2005, de 7 de junio, sobre libros de texto y materiales curriculares. También establecerá los criterios para la integración de las TIC.

  1. Establecer las líneas generales para la organización del Plan de Mejora del Éxito Educativo, garantizando el desarrollo del mismo en el centro educativo y coordinando su seguimiento y evaluación, contando para ello con el asesoramiento y apoyo de los profesionales de la orientación educativa que intervengan en el centro educativo. Todo ello, conforme al artículo 4 del Decreto 228/2014, de 14 de octubre, por el que se regula la respuesta educativa a la diversidad del alumnado en la Comunidad Autónoma de Extremadura. 

Claustro

 El personal docente del colegio lo forman 23 maestros y maestras y una cuidadora (ATE). Según catálogo, la dotación de puestos de trabajo es:

Especialidades
E. Infantil
E. Primaria
EF
MU
FI
PT
AL
REL
ATE TOTAL
TOTAL
6
6
2
1
3
1 y 1/2
1 y 1/2
1
1  24

CICLOS

CURSOS

TUTORES/AS

EDUCACIÓN INFANTIL

2 años

María Noel García López

Sonia González Cadena

3 años 

María del Mar Bautista Gómez

Laura Tarifa Polo

    4 años 

Concepción Corcobado Márquez

    5 años  

 Cristina Gastón Garlitos

NIVEL 1 PRIMARIA

Teresa Piedehierro Aunión

NIVEL 2 PRIMARIA       2º 

Marina Sánchez Bustamante

NIVEL 3PRIMARIA 


Patricia Lorenzo Gutiérrez

NIVEL 4 PRIMARIA

4º 

 Francisco Joaquín García Calamonte

NIVEL 5 PRIMARIA

5º A

Ana Mª Gómez Sanguino

NIVEL 5 PRIMARIA

5º B

Gema Borro Oliveros

NIVEL 6 PRIMARIA

Manuel Prudencio García Merino 

PROFESORADO SIN TUTORÍA

Elisa Atanasio Goitia

DIRECTORA 

Jose Juan Piñero Rodríguez

JEFE DE ESTUDIOS 

Almudena Rincón Carballo

SECRETARIA

Ana Belén de la Torre Pérez

Mª Sagrario Calero García

INGLÉS

Mª del Mar Barrena Bueno

Vera Lavado Pérez

PT

Manuela Martínez Píris

 Inmaculada Pazo Sánchez

AL

Asunción Muñoz Martínez

RELIGIÓN CATÓLICA

Matilde Gragera Luna

PROA +

Las funciones del equipo docentes que imparte clase en un mismo curso de primaria según la LOMCE son:

1.- Adoptar las decisiones en relación con la elaboración, revisión y modificación de las Programaciones didácticas, para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado, una vez analizados los resultados de la evaluación inicial,

 

2.- Establecer las medidas pertinentes de refuerzo y recuperación, o, en su caso, de ampliación y profundización, para aquellos alumnos que lo precisen.

 

3.- Valorar el progreso de cada uno de los alumnos del grupo en el marco de la evaluación continua. 

 

4.- Adoptar las medidas ordinarias o extraordinarias más adecuadas tras resultar desfavorable la evaluación individualizada de tercero de primaria.

 

5.- Determinar la promoción del alumnado al curso siguiente según los criterios fijados y aprobados por el claustro, tomando especialmente en consideración la información y el criterio del docente que ostenta la tutoría.  

 

6.- Elaborar, bajo la coordinación del tutor, el plan específico de refuerzo o recuperación y apoyo para el alumno que repita en la etapa.

 

7.- Evaluar al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo, atendiendo a sus necesidades educativas particulares, tomando como referencia los objetivos, contenidos, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y orientaciones metodológicas que se establezcan con carácter general para la etapa. 

 

8.- Evaluar al alumnado que presente NEE tomando como referente los objetivos de etapa, los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables fijados en las adaptaciones curriculares significativas. 

 

Equipo Directivo

 

 Directora
Elisa Atanasio Goitia
 Jefe Estudios
José Juan Piñero Rodríguez
 Secretaria
Almudena Rincón Carballo

 

    Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el Equipo Directivo del Centro, formado por el/la Director/a, el/la Jefe/a de Estudios y el/la Secretario/a.

 

 
Director/a

 

 

    El/la Director/a será elegido/a por el Consejo Escolar y nombrado/a por el Director Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. Son competencias de Dirección:

a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar del centro.
d) Ejecutar la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
e) Gestionar los medios humanos y materiales del centro.
f) Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro.
g) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. h) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
i) Proponer el nombramiento de los cargos directivos y designar a los Coordinadores de ciclo y a los tutores.
j) Ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia.
k) Coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de las respectivas competencias.
l) Elaborar con el equipo directivo la propuesta de Proyecto educativo del centro y de la Programación General anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro de Profesores y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
ll) Convocar y presidir el Consejo Escolar, el Claustro y la Comisión de coordinación pedagógica del centro.
m) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. n) Elevar al Director Provincial la Memoria anual sobre las actividades y situación general del centro.
ñ) Facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona.
o) Proporcionar la información que sea requerida por las autoridades educativas competentes.
p) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
q) Garantizar el derecho de reunión de maestros, alumnos, padres de alumnos y personal de administración y de servicios, de acuerdo con los dispuesto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.

    En caso de ausencia o enfermedad del Director/a, se hará cargo de sus funciones el/la Jefe/a de Estudios, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro/a más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el Cuerpo.

 
Jefe/a de Estudios
 
 

Son competencias del Jefe/a de Estudios:

a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el Proyecto educativo del centro, los Proyectos Curriculares de etapa y la Programación General anual y, además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en coordinación con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el Claustro y con el horario general incluido en la Programación General anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del Claustro en el centro de profesores, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Coordinar la realización de actividades complementarias, según las directrices aprobadas por el Consejo Escolar del centro.
j) Coordinar e impulsar la participación de los alumnos en el centro.
k) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
l) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director dentro del ámbito de su competencia.

Al no haber en el centro Jefe de Estudios, el Director asume sus competencias.

 

 
Secretario/a

 

 

Son competencias del Secretario/a:

a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones de y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del Centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios audiovisuales y del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscritos al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.
j) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
k) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de competencias.

 

Organización

 
ÓRGANOS DE GOBIERNO
 

    Establecidos y formados según las directrices de la LOMCE, Ley Orgánica 8/2013 de 9 de diciembre para la Mejora de la Calidad Educativa, funcionan en este Centro los siguientes órganos:

  • Colegiados: Consejo Escolar y Claustro de Profesores.
  • Unipersonales: Director/a, Jefe/a de Estudios y Secretario/a.
  • Coordinación docente: Comisión de Coordinación Pedagógica.

Horarios

    El horario general del Centro abarca desde las 9,00 a las 17,30 horas y la hora de obligada permanencia del Profesorado en el Centro, que es de 14,00 a 15,00 horas.

HORARIO GENERAL DEL CENTRO

HORARIO DE MAÑANA

HORARIO DE TARDE

ENTRADA

RECREO

SALIDA

ENTRADA

SALIDA

9.00
12,00-12,30
14,00
15,30
17,30

SEXTA HORA DEL PROFESORADO 14,00-15,00 y tarde de 15,30 a 17,30

 

    La jornada lectiva en este Centro se desarrollará en sesión de mañana de 9,00 a 14,00 horas. La jornada no lectiva comienza a las 15,30 y termina a las 17,30 horas. En esta jornada los alumnos y alumnas, que libremente lo soliciten pueden realizar Actividades Formativas Complementarias.
   El turno de recreo será de 12 a 12:30 horas.
   La sexta hora de obligada permanencia en el Centro, se llevará a cabo desde las 14,00 horas hasta las 15,00 horas de lunes a jueves y una tarde de 15:30 a 17:30 horas. Este horario de obligada permanencia en el Centro se puede flexibilizar siempre y cuando los profesores/as implicados realicen actividades extraescolares o culturales.
La atención a las tutorías de las familias se realizará preferentemente por teléfono y con CITA PREVIA los jueves de 14,10 a 15 h.
Los horarios están regulados por el Real Decreto 103/2014 de 10 de junio por el que se establece el currículo de Educación Primaria para la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Orden de 16 de mayo de 2008 por la que se establecen aspectos de organización de la etapa de Infantil.